LEGISLACIÓN OFICIAL DE TURISMO ACTIVO DE LAS ISLAS BALEARES

 

DECRETO 20/2025, de 17 de abril 

 

¿Qué es una empresa de turismo activo en las Islas Baleares?

Se consideran empresas de turismo activo aquellas que prestan de servicios, mediante un precio, consistentes en el desarrollo de actividades recreativas, deportivas y de aventura que se practican sirviéndose de los recursos que ofrece la naturaleza en el medio en que se desarrollan, sea este aéreo, terrestre, subterráneo, acuático o subacuático, y en las que es inherente un cierto grado de destreza o experimentación.

No se consideran actividades de turismo activo las actividades desarrolladas por sociedades deportivas, clubes, federaciones deportivas u otros grupos organizados, cuando desarrollen estas actividades sin ánimo de lucro o dirigidas exclusivamente a sus afiliados, o cuando su objeto exclusivo sea impartir la enseñanza de estas actividades. Tampoco se consideran actividades de turismo activo las actividades promovidas por centros docentes cuando organicen actividades complementarias o extraescolares no dirigidas a su alumnado, y tampoco las empresas que se dedican exclusivamente al alquiler de material o aparatos.

Requisitos:

  • Declaración responsable
  • Informe respecto a si el proyecto cumple la normativa turística:
    • Nombre, NIF/NIE y dirección del titular de la actividad, el nombre comercial y la dirección de la sede de la actividad.
    • Memoria explicativa y relación de las actividades de turismo activo que ofrecen, así como de los periodos en los que se desarrollarán.
    • Relación del personal que asumen la responsabilidad técnica de las actividades prestadas, incluido el responsable de empresa y los monitores, así como su calificación o titulación. 
  • Inscripción en el Registro de empresas, actividades y establecimientos turísticos.
  • Pasar la inspección.
  • Tener una póliza de seguros para cubrir la responsabilidad civil.
  • Tener licencias o autorizaciones municipales.
  • Protocolo de actuación en caso de accidente.
  • Material y equipo homologado.
  • Cumplir con la normativa medioambiental y obtener las autorizaciones necesarias si el medio natural lo requiere para la práctica de la actividad.

Declaración responsable

Se entiende por declaración responsable de inicio de la actividad turística (DRIAT) el documento suscrito por una persona interesada en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos establecidos en la normativa para iniciar el ejercicio de una actividad turística de las establecidas en esa ley, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el plazo de tiempo inherente al ejercicio de la actividad turística. 

Se presentará en el registro de la Administración turística competente. 

 

Titulaciones requeridas

La empresa deberá tener de un responsable que supervise la preparación, seguridad y ejecución de las actividades, que deberá tener la cualificación necesaria en relación con la actividad de que se trate. Y deberán promover la formación y la actualización técnica de sus trabajadores.  

Monitores y acompañantes deben tener la cualificación adecuada para el ejercicio de la actividad de que se trate de acuerdo con el grado de destreza y experimentación que ésta exija. También tiene que poseer la titulación de socorrista o acreditar haber hecho un curso de primeros auxilios.

 

Equipos y material

El material y equipo deberá de estar homologado reuniendo todas las condiciones de seguridad.  

 

Local/Web – Logo

Exhibir en la entrada la placa distintiva y mostrar de manera visible el número de inscripción que empezará por TA. 

Estos establecimientos pueden estar de baja temporal un plazo máximo de un año, con la obligación de comunicarlo a la Administración turística al inicio del plazo. 

  

Seguridad física y prevención de accidentes / Salvamento y socorrismo

El personal técnico deberá llevar botiquín de primeros auxilios y un aparato de comunicación que permita en todo momento el contacto directo con los responsables de la empresa o con los servicios públicos de emergencia y rescate 

También deben impedir la práctica de la actividad a las personas que por circunstancias particulares les pueda resultar peligrosa o lesiva.  

El personal deberá poseer la titulación de socorrista o acreditar haber hecho un curso de primeros auxilios.  Y deben tener un protocolo de actuación en caso de accidente.

 

Información para el cliente

Se tiene que dejar constancia por escrito, antes de iniciar la actividad, de que el participante ha recibido una información completa, veraz y comprensible con respecto a:

  • Itinerario o trayecto 
  • Grado de dificultad
  • Riesgo de la actividad
  • Destreza o condición física requerida
  • Medidas de seguridad y protocolos de actuación
  • Características del seguro 
  • Información detallada de los precios 
  • Medidas de conservación del entorno 

Aparte de eso, el participante también tiene que firmar el compromiso de seguir las instrucciones del personal técnico en el desarrollo de la actividad de que se trate. 

Normativa para empresas de otras comunidades que trabajen en las Islas Baleares

Deberán de cumplir con las normativas de su comunidad autónoma.  

 

Precios

Las empresas deberán de estar expuestos de manera clara y visible para el cliente, las facturas tendrán el precio global del servicio. 

 

Menores

Los menores de edad deberán tener una autorización firmada por parte de padres y tutores o en su caso estar acompañados de ellos.


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