LEGISLACIÓN OFICIAL DE TURISMO ACTIVO DE CASTILLA Y LEÓN

 

DECRETO 7/2021, de 11 de marzo 

 

¿Qué es una empresa de turismo activo en Castilla y León?

Se considera empresa de turismo activo a aquella que presta, a cambio de dinero, actividades turísticas y deportivas que se realicen al aire libre, con los recursos que da la naturaleza y que se realicen en el medio aéreo, terrestre, subterráneo o acuático y se haga publicidad de los mismos. 

Se excluye la actividad deportiva de competición y la venta o alquiler de material para la práctica del turismo activo. También está excluido el senderismo con fin cultural o formativo por senderos señalizados. 

Son centros de turismo activo las que prestan las empresas a través de sus centros con profesionales especializados. 

Requisitos:

  • Protección del medio ambiente. 
  • Equipos y material homologados 
  • Si tiene instalación física debe tener:
    • Zonas diferenciadas de oficina y atención al cliente y  de almacenaje de equipos y materiales
    • Aseo, compuesto por inodoro y lavabo
    • Vestuarios, duchas y espacios para que las personas usuarias puedan dejar sus objetos personales en ellos
    • Exponer la placa distintiva
  • Seguro de responsabilidad civil y otro de asistencia o accidentes

Obligaciones de la empresa:

Las empresas de turismo activo deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Disponer de suficiente personal técnico cualificado.
  • Indicar el horario de apertura y atención al público.
  • Difundir información veraz, eficaz y suficiente sobre las condiciones y sobre la empresa, con indicación de la cualificación del personal, y de los precios y servicios.
  • Entregar una hoja de información a los usuarios sobre sus derechos y obligaciones.
  • Comunicar a las personas participantes el lugar donde se desarrolla la actividad y el período de desarrollo de la misma.
  • Contar con un responsable de las actividades que deberá elaborar una ficha técnica por cada actividad.
  • Disponer de fichas técnicas por cada actividad que se realiza.
  • Recopilar y conservar los informes elaborados por el personal técnico sobre las incidencias que se hubieran presentado en el desarrollo de las actividades
  • Mantener en buen funcionamiento todas las instalaciones, equipamiento y materiales.
  • Conservar el etiquetado y la información de las características técnicas de los materiales.
  • Contar con un botiquín en el establecimiento y otro que llevará el personal técnico o los profesionales especializados en actividades de turismo activo.
  • Desarrollar las actividades en las condiciones más adecuadas de seguridad.
  • Colaborar con la Administración comunicando los datos que sean requeridos a efectos estadísticos.
  • Los profesionales deberán exhibir el carné acreditativo de su condición  y los centros de turismo activo la correspondiente placa identificativa en el exterior del establecimiento.
  • En el caso de los menores y personas con discapacidad, deberán informar, tanto a éstos como a quien ostente la patria potestad o su tutela, de las condiciones y prohibiciones para el ejercicio de la actividad.

Obligaciones de los clientes:

Los usuarios de la actividad de turismo activo deberán cumplir con las siguientes obligaciones:

  • Cumplir las indicaciones de seguridad y prevención de accidentes indicadas por el personal técnico.
  • Ir por los itinerarios o sendas marcados por la empresa, sin salirse de los mismos.
  • No llevar instrumentos que alteren el correcto uso del material o instalaciones de turismo activo.
  • No realizar actuaciones que dificulten o impidan el desarrollo de la actividad o alteren el régimen normal de convivencia.
  • Informar de sus condiciones físicas o de salud que puedan ser relevantes para el ejercicio de la actividad.
  • Abstenerse de participar en actividades o en determinada parte de ellas, si el personal técnico del centro de turismo activo o el profesional especializado de turismo activo considera que no reúnan las condiciones físicas o psíquicas adecuadas para ello.

Declaración responsable

En la declaración responsable el titular manifestará que cumple con los requisitos previstos y sé que compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo que ejerza la actividad. También se presentará una memoria en la que se incluya las actividades, el lugar en que se van a desarrollar y una ficha del personal técnico por cada actividad, especificando su formación. 

Una vez presentada la declaración responsable, se pasará a la inscripción en el Registro de Turismo de Castilla y León, las actividades indicadas por la empresa de turismo activo. 

La declaración responsable de la empresa se debe dirigir y presentar vía web a la junta de Castilla y León, y tendrá hojas de reclamación para los usuarios.

 

Titulaciones requeridas

Las funciones del personal técnico y de los profesionales especializados son organizar y ejecutar las actividades de turismo activo, así como asesorar y acompañar a los turistas en la práctica. Para ello deberán tener:  

  • El título de formación profesional del sistema educativo. 
  • Las titulaciones requeridas por la normativa reguladora de la actividad físico-deportiva para ejercer la actividad de monitor deportivo en actividad física recreativa en Castilla y León. 
  • La titulación exigida por la legislación aeronáutica, náutica y subacuática para la instrucción o acompañamiento de clientes en la práctica de actividades de este tipo. 
  • Además, deberán contar con formación en primeros auxilios.  
  • La consejería puede organizar o reconocer cursos de especialización, actualización y perfeccionamiento de los profesionales de turismo activo, con la finalidad de ofrecer unos servicios de calidad y adaptados a las demandas de los turistas. 
  • En el caso del trabajo habitual con personas menores, el personal técnico deberá estar en posesión de certificación negativa expedida por el Registro Central de delincuentes sexuales. 

Equipos y material

El equipo y el material deberá estar homologado y ser seguro. 

Las empresas de turismo activo comprobarán que los equipos y material que aporten las personas usuarias para el desarrollo de la actividad reúnen las condiciones necesarias de uso y seguridad para la práctica de la actividad. A su vez, los titulares de los centros de turismo activo son responsables de mantener en condiciones de uso y seguridad, los equipos y el material, debiendo pasar las revisiones establecidas por el órgano competente, o en su caso, por el fabricante.  

Los centros de turismo activo están obligados a entregar a sus clientes, el material de protección y seguridad adecuados a la actividad que desarrollen. 

Local/Web – Logo

Las empresas deberán de instalar en el exterior del establecimiento, una placa identificativa en el plazo máximo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la presentación de la correspondiente declaración responsable. 

A los profesionales especializados de actividades de turismo activo, se les entregará un carné, una vez realizado la inscripción como empresa de turismo activo en el Registro de Turismo de Castilla y León. Por lo que deberán exhibir el carné acreditativo de su condición, en el ejercicio de sus funciones, y, en el caso de centros de turismo activo, la correspondiente placa identificativa en el exterior del establecimiento. 

  

Seguridad física y prevención de accidentes / Salvamento y socorrismo

El personal técnico y los profesionales especializados que acompañen a los participantes durante la realización de la actividad de que se trate, deberán llevar siempre un aparato de comunicación que les permita mantener un contacto directo con el responsable de las actividades o con los servicios públicos de emergencias y rescate. Y deberán llevar durante el desarrollo de la actividad un botiquín de primeros auxilios.  

En caso de accidente u otra incidencia significativa, el personal técnico del centro de turismo activo y el profesional especializado de turismo activo deberán cumplimentar un informe describiendo los hechos, que entregarán al responsable de las actividades para su conocimiento. El titular de la empresa de turismo activo deberá conservarlo durante el plazo mínimo de tres años. También deberán contar con un Plan de seguridad y emergencia que recoja el procedimiento de actuación en caso de accidente o emergencia. A su vez, deberán de tener en cuenta la predicción meteorológica y el riesgo de incendios forestales en la zona de práctica de las actividades, con el mayor grado de detalle geográfico y temporal posible. En caso de previsión adversa se extremarán las precauciones y se atenderán las recomendaciones establecidas en materia de protección civil y, si fuese necesario, a su criterio y responsabilidad, suspenderán la práctica de actividades 

Y antes de la práctica de la actividad, se verificarán con los participantes las normas de autoprotección y seguridad que se consideren necesarias.  

Y todo el personal técnico de las empresas de turismo activo y los profesionales especializados en turismo activo, deberán de haber realizado un curso de primeros auxilios, con un mínimo de 20 horas, organizado por un organismo reconocido por las autoridades competentes o contar con la titulación de socorrista. 

Información para el cliente

Las empresas están obligadas a presentar al cliente una hoja informativa donde aparezcan los datos de la empresa, el número de inscripción en el registro de turismo de Castilla y León, las fichas de actividades, la información y precios de los servicios ofertados. Esta hoja debe ser firmada por el usuario y será prueba a efectos administrativos. 

Antes de cada actividad, se debe informará por escrito de: 

  • Nombre del titular de la empresa que realiza la actividad, sede social, y ubicación de las instalaciones físicas. En el caso de profesionales especializados en turismo activo deberán indicar un domicilio y datos de contacto. 
  • Número de inscripción en el Registro de Turismo de Castilla y León. En el caso de empresas establecidas en otra Comunidad Autónoma o Estado miembro de la Unión Europea, deberá informar del número de inscripción en el Registro que corresponda, o número de identificación equivalente. 
  • Identificación del personal técnico indicando su cualificación. 
  • Identificación de las personas usuarias que participan en las actividades. 
  • Ficha técnica de la actividad  
  • Tipo de actividades a realizar 
  • Obligatoriedad de seguir las instrucciones del personal técnico en el desarrollo de la actividad. 
  • Existencia de las pólizas de seguro, con indicación de la entidad aseguradora, de las coberturas y de las actividades que comprende, capital asegurado y número de póliza. 
  • Existencia de hojas de reclamación. 
  • Indicación de la posibilidad de obtener información ampliada sobre alguno de los anteriores puntos. 
  • Precio final de los servicios 
  • Fechas y horarios de desarrollo de la actividad  
  • En el caso de participación de menores o personas con discapacidad, deberán informar de las condiciones y prohibiciones para el ejercicio de la actividad. 
  • Otra información que la empresa considere de interés. 

         Las empresas tendrán a disposición del cliente o expondrán, de manera visible, en un tablón de anuncios o bien a través de otro medio, el listado de precios de los servicios, la información relativa a previsión meteorológica, la información sobre el destino turístico, así como otra información que la empresa considere de interés. 

        También las empresas deberán crear una ficha técnica de la actividad de turismo activo siendo su contenido mínimo:  

        • La información sobre la cualificación necesaria del personal técnico para el desarrollo de cada actividad.  
        • La descripción de los destinos, duración aproximada, itinerarios o trayectos a recorrer, paradas y cualquier otro aspecto que se considere relevante de la actividad.  
        • Relación del material necesario para realizar la actividad, indicando las condiciones adecuadas de calidad, seguridad y garantías para el uso a que estén destinados los equipos y material utilizado, así como su mantenimiento en adecuadas condiciones de uso. 
        • Conocimientos y condiciones físicas que se requieren para la práctica de la actividad, dificultades que implica, así como edad mínima para participar y comportamientos que deben seguirse en caso de peligro o accidente.  
        • La descripción de los comportamientos y actuaciones que deben adoptarse para preservar el medio ambiente.  
        • La referencia a la existencia de un Plan de seguridad y emergencia que recoja el procedimiento de actuación en caso de accidente o emergencia.  
        • La descripción de las condiciones meteorológicas para el desarrollo de la actividad y el riesgo de incendios forestales.  
        • El establecimiento de las limitaciones derivadas de las condiciones físicas o psíquicas adecuadas para el ejercicio de cada actividad. Estas limitaciones o prohibiciones estarán razonablemente fundadas, no constituyendo, en caso alguno, atentado al derecho a la inclusión social de toda persona, especialmente de las personas con discapacidad.  
        • La evaluación del riesgo de la actividad con las medidas preventivas y protectoras que en su caso.   

        Normativa para empresas de otras comunidades que trabajen en Castilla y León

        Las empresas de turismo activo que estén establecidas en otras Comunidades Autónomas, o en cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea donde esté regulada esa actividad, podrán establecerse o prestar sus servicios libremente en Castilla y León sin necesidad de presentar la declaración responsable en esta Comunidad Autónoma.  

        Estas empresas que vengan a prestar un servicio a Castilla y León aplicarán la normativa de la Comunidad Autónoma o Estado donde estén establecidas, en especial la parte de seguros y hojas de reclamación. En cualquier caso, sí estarán sujetas a lo dispuesto en los anteriores apartados. Correspondientes a los artículos 7, 8, 14 15, 17, 21 y 22 del decreto. 

        En el caso de apertura de un establecimiento físico en el territorio de la Comunidad de Castilla y León presentarán una comunicación relativa al cumplimiento de los requisitos anteriores expuestos. Y cuando sea requerido por la inspección turística, las empresas de turismo activo establecidas fuera de la Comunidad de Castilla y León, deberán indicar el número de inscripción en el registro turístico que corresponda, o número de identificación equivalente.  

         

        Precios

        Debe de existir una lista de precios de las actividades y no se podrá cobrar más de lo expuesto en la lista de precios. Y deberán de presentarlos en la hoja informativa. 

        Si el cliente abandona la actividad, la empresa podrá exigir el 50% del precio de los servicios, salvo pacto especifico por ambas partes. Por lo que el titular de la empresa de turismo activo deberá informar al usuario de las condiciones establecidas como política de cancelación, determinando claramente las penalizaciones a aplicar en caso de cancelación de la reserva.  

        La empresa de turismo activo podrá exigir a los turistas o las agencias de viaje que efectúen una reserva, un anticipo del precio. Y en el precio final se deberá incluir la realización de la actividad, el asesoramiento y el uso de material y seguridad. 

        Menores

        La participación de los menores de edad y de personas con discapacidad, requerirá la previa autorización por escrito de los padres o tutores, o en su caso, de la persona discapacitada, sin perjuicio de las condiciones y prohibiciones concretas establecidas para la práctica de cada actividad. 

          Fuente: DECRETO 7/2021, de 11 de marzo, por el que se regulan las actividades de turismo activo en la Comunidad de Castilla y León.

          Autoras Resumen: Sonia Sánchez, Ibtissam El Boazzati.

          Autora Infografía: Lucía Collazos.

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